Boda civil Vs. Boda eclesiástica

Lo primero aquí es decidir qué tipo de ceremonia queréis, dónde y, aunque no será difícil, coordinar la fecha de la ceremonia con el lugar de la celebración.

10 JUL 2015 · Lectura: min.
Boda civil Vs. Boda eclesiástica

Nunca reservéis absolutamente nada hasta que el juzgado y/o el ayuntamiento y/o la iglesia nos hayan confirmado la fecha.

Ceremonia civil en juzgado

Necesitaréis preparar y entregar los siguientes documentos:

  • Fotocopias del Documento Nacional de Identidad de los contrayentes, o en su defecto, del pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Certificado literal de nacimiento actualizado, expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento.
  • Certificado de residencia del Ayuntamiento de la población en la que habéis residido en los últimos 2 años.
  • Certificado de soltería: es una declaración jurada del estado civil que facilita el propio Juzgado.
  • Fotocopias de los DNI de los 2 testigos que van a estar presentes.

En el caso de que celebréis la ceremonia en el juzgado, ellos mismos se encargan de todo lo demás. Simplemente os darán fecha y hora para celebrar el enlace.

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Boda en el ayuntamiento

En el caso de que la boda se celebre en un ayuntamiento, los trámites se realizan en el juzgado, en donde se informa y tramita la entrega del certificado necesario para presentarlo en el ayuntamiento. Es preciso advertir al juzgado que la boda se va a celebrar en el ayuntamiento.

El certificado del Juzgado para casarse en el Ayuntamiento lo emiten unos meses después de haberlo solicitado. La ceremonia puede tener lugar en los salones del ayuntamiento, en alguna de las sedes de los distritos municipales o en el Registro Civil.

Dura unos 10 minutos y concluye con la firma del registro de los contrayentes y sus dos testigos y con la entrega del libro de familia.

Boda en un lugar especial

Cada vez más los novios deciden casarse en el lugar que les apetezca: una finca, una playa, un hotel rural, etc. En este caso tendremos que preguntar en el ayuntamiento al que pertenezca ese lugar que hemos elegido, la disponibilidad del alcalde o concejal a desplazarse para celebrar la ceremonia. Es muy probable que tenga un coste extra (entre 300€ y 600€) dependiendo de cada ayuntamiento y no siempre estarán dispuestos a trasladarse.

Entonces, podremos optar por contratar un Juez de Paz "ficticio", en cuyo caso simplemente tendremos que realizar toda la parafernalia del juzgado, incluida la ceremonia, anteriormente a la celebración. Debéis recordar que, en esta ocasión, no existe validez legal, por lo que es mejor que antes ya lo tengamos todo resuelto.

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Ceremonia eclesiástica

Los trámites que tienes que tener en cuenta son los siguientes:

  • Partida de bautismo: la puedes solicitar en la iglesia donde se celebró tu bautizo.
  • Expediente matrimonial: se solicita en la parroquia donde estés empadronado/a.
  • Certificado de nacimiento: en el registro civil de la provincia.
  • Certificado de soltería: en caso de que te cases en un municipio distinto de aquel en elque estás empadronado/a.
  • Certificado de los cursillos prematrimoniales.
  • Un testigo por cada contrayente.

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Elegir la iglesia

Debemos tener en cuenta algunos aspectos para que nuestra elección sea acertada y evitemos así sorpresas y contratiempos de última hora.

Lo primero es cerciorarnos de que existen fechas libres. Esto hay que hacerlo con una antelación de más de 1 año si elegimos una iglesia emblemática pues suelen estar muy solicitadas.

Comprobar que en la iglesia hay espacio suficiente para el número de invitados que van a acudir a la ceremonia.

Preguntar qué servicios incluye y qué coste tiene cada uno de ellos. Si, por ejemplo, el fotógrafo lo podemos llevar nosotros, o si ya lo tiene la iglesia concertado y tiene un precio fijo que no podemos negociar.

Concretar todos los posibles gastos como los arreglos y la decoración floral o la música. Asegurarse que existe un lugar para aparcar los coches u otro medio de transporte. Si piensas contratar música, cantantes, etc., coméntalo con el párroco. Lo mismo con el repertorio que se vaya a ejecutar. Que esté de acuerdo y os lo permita. Es mejor que los artistas vayan con tiempo (1 hora antes es suficiente) para poder coordinar con él toda la ceremonia y ubicación.

Recordad que todo este tipo de trámites no son inmediatos, toman su tiempo.

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Catering Tu Boda

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